ARTÍCULO 10 .- DERECHOS DE LOS VOLUNTARIOS

 

Los voluntarios tienen los siguientes derechos:

  1. Recibir información, apoyo, material y medios para hacer su voluntariado.
  2. Recibir formación adaptada a sus necesidades para hacer su voluntariado de forma adecuada.
  3. Que se respeten sus derechos reconocidos en las leyes sin discriminación y tener igualdad de condiciones.
  4. Participar activamente en su entidad de voluntariado. Pueden ser socios de la entidad si sus estatutos lo permiten.
  5. Tener un seguro y protección contra los riesgos de su voluntariado. Que la entidad de voluntariado page los gastos de su voluntariado.
  6. Tener un carnet de voluntario que también explique en qué entidad hace voluntariado.
  7. Tener las medidas de accesibilidad que necesite para hacer su voluntariado.
  8. Que la entidad de voluntariado reconozca el valor de su tarea y esfuerzo y que la entidad reconozca sus habilidades como voluntario.
  9. Que sus datos personales se traten como dice la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
  10. Dejar de ser voluntario cuando lo decida y hacerlo como dice en su acuerdo de voluntariado.