ARTÍCULO 10 .- DERECHOS DE LOS VOLUNTARIOS
Los voluntarios tienen los siguientes derechos:
- Recibir información, apoyo, material y medios para hacer su voluntariado.
- Recibir formación adaptada a sus necesidades para hacer su voluntariado de forma adecuada.
- Que se respeten sus derechos reconocidos en las leyes sin discriminación y tener igualdad de condiciones.
- Participar activamente en su entidad de voluntariado. Pueden ser socios de la entidad si sus estatutos lo permiten.
- Tener un seguro y protección contra los riesgos de su voluntariado. Que la entidad de voluntariado page los gastos de su voluntariado.
- Tener un carnet de voluntario que también explique en qué entidad hace voluntariado.
- Tener las medidas de accesibilidad que necesite para hacer su voluntariado.
- Que la entidad de voluntariado reconozca el valor de su tarea y esfuerzo y que la entidad reconozca sus habilidades como voluntario.
- Que sus datos personales se traten como dice la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Dejar de ser voluntario cuando lo decida y hacerlo como dice en su acuerdo de voluntariado.